El Consejo General de la Abogacía Española ha entregado en el Ministerio de Justicia un informe en el que detalla toda una serie de trámites que, a su juicio, podrían ponerse en marcha gradualmente, incluso durante la vigencia del estado de alarma y que no requieren asistencia presencial de público ni de profesionales.

La abogacía considera que los juzgados podrían empezar a funcionar de forma limitada y sin acceso de público ni de profesionales para la realización de determinados trámites que se pueden llevar a cabo con teletrabajo.

El documento del Consejo distingue dos fases: una primera etapa, comprendida entre el 13 y el 26 de abril, en el que se podría continuar con determinados asuntos en trámite. Y una segunda fase, en caso de que el Gobierno decrete nueva prórroga del estado de alarma, que iría el 27 de abril al 11 de mayo, y en que se “debería de comenzar a aceptarse la admisión en los registros de nuevos asuntos, aunque la actividad en los juzgados siga realizándose de puertas adentro y sin otra actividad presencial por parte de letrados y procuradores que no sea la derivada de los asuntos considerados como esenciales e impostergables”.

La lista de los trámites que, según el documento de Abogacía Española, podrían reanudarse, se pueden consultar en el enlace: https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/la-abogacia-propone-la-reactivacion-gradual-de-los-juzgados-a-puerta-cerrada-a-partir-del-dia-13/