Se adjuntan al final de estas líneas la Resolución del Ministerio de Justicia y el comunicado del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 13 de abril, en los que se informa de una nueva fase de funcionamiento, aún limitado, de juzgados y tribunales, y de la reactivación, a partir del día 15 de abril, de la presentación de escritos y documentos a través de LexNET, aun cuando se mantiene la suspensión e interrupción de los plazos procesales, salvo los de los servicios ya decretados como esenciales.

Así, señala el CGPJ, en las actuaciones y servicios no esenciales, se permitirá, tanto en primera instancia, como en las instancias sucesivas y recursos de casación, la presentación de los escritos iniciadores del procedimiento, su registro y
reparto, así como su tramitación “hasta el momento en que dé lugar a una actuación procesal que abra un plazo que haya de ser suspendido…”. La misma regla se contempla para los escritos de trámite, no vinculados a términos o plazos interrumpidos o suspendidos, así como para las actuaciones del Registro Civil no consideradas esenciales.

Respecto de las actuaciones declaradas esenciales, se mantiene la presentación telemática de escritos y documentos, su registro, reparto y despacho de manera ordinaria, sin que estos trámites se vean afectados por
la suspensión e interrupción de términos y plazos procesales.

Además del registro y del correspondiente reparto de los escritos presentados electrónicamente en las oficinas judiciales y fiscales, la resolución, en este caso, del ministerio, contempla “la llevanza de todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles” y la realización en el plazo más breve posible de todas las inscripciones de fallecimiento y nacimiento presentadas”.

Resolución ministerio Justicia

Comunicado CGPJ