El ICAIB se ha adherido al convenio suscrito entre el Consejo General de la Abogacía Española y el Ministerio de Justicia para facilitar a los colegiados que puedan presentar y remitir electrónicamente a la Dirección General de los Registros y el Notariado las solicitudes de nacionalidad por residencia en representación de sus clientes, así como la documentación correspondiente.

El servicio, que se canaliza a través de la aplicación creada a tal fin por RedAbogacía, permite que todos los profesionales de las islas puedan agilizar la tramitación de estos expedientes y reducir el tiempo de espera de respuesta de la resolución del expediente.

El uso voluntario de este servicio por los colegiados y colegiadas del ICAIB requiere que los interesados suscriban previamente el documento individualizado de adhesión al convenio, paso que podrán realizar en la misma plataforma, desde “Mis adhesiones”.

Es importante, además, tener en cuenta que, tal y como se prevé en el convenio, cada solicitud deberá presentarse acompañada de un sello o Certificado de Revisión Colegial, que el ICAIB adjuntará también de forma online, una vez que haya revisado y cotejado, en este caso presencialmente, la documentación aportada por el colegiado. Si la documentación es correcta, se enviará telemáticamente al ministerio de Justicia.

Aun cuando al final de estas líneas se adjunta el manual del usuario elaborado por RedAbogacía, se resumen algunos de los pasos que los colegiados interesados en utilizar este servicio han de seguir:

  1. Acceder al servicio desde la Intranet de RedAbogacía (https://www.redabogacia.org) y, una vez que se ha entrado en la parte privada con el certificado ACA, localizar, en el menú de la izquierda, el apartado “Expediente Nacionalidad”.
  2. Ir al apartado “Mis adhesiones”, desde donde puede descargarse, firmar digitalmente y subir a la aplicación su adhesión individual al convenio.
  3. Desde ese momento ya se podrá empezar a dar de alta expedientes de solicitudes y cumplimentar los expedientes, pudiendo entrar y salir de la aplicación cuantas veces sea necesario. Una vez que haya aportado toda la documentación requerida a la solicitud, pulsar el botón “enviar” (al Colegio).
  4. Una vez en el ICAIB y, ahora sí, mediante cita presencial que el colegiado puede solicitar en Palma , Menorca o Ibiza, el Colegio cotejará la documentación subida a la plataforma con los originales. Si todo está correcto y es adecuado a lo exigido por la normativa vigente, el Colegio enviará el expediente al ministerio desde la misma plataforma (Certificado de Revisión Colegial). En la primera revisión el Colegio también verificará – y confirmará- la adhesión individual del colegiado.
    En el caso de que falte algún documento o haya alguna incidencia con los subidos por el colegiado, se avisará a este de la necesidad de subsanación.
  5. Una vez remitido al Ministerio, el expediente ya no podrá modificarse y el colegiado/a obtendrá un justificante de la presentación desde la plataforma. Cualquier comunicación posterior del Ministerio sobre el expediente presentado, se realizará directamente desde este organismo con el colegiado/a.

Las consultas técnicas que puedan tener los colegiados se pueden remitir al servicio de soporte técnico de RedAbogacía (email: soporte.tecnico@redabogacia.org. Teléfonos: 91 150 10 03 / 93 014 10 01).

Manual del usuario para abogados
Convenio CGAE-Justicia

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Importe del servicio

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Extranjería. Convenio Abogacía-Política Territorial: activada la presentación telemática de trámites administrativos y gestión documental por los letrados inscritos en el Registro de Representantes

Desde el Consejo General de la Abogacía informan que a partir del 13 de mayo los abogados que estén dados de alta en el Registro de Representantes pueden ya acceder al sistema que permite la presentación telemática de trámites administrativos y gestión documental de Extranjería.

Ello es posible gracias al convenio firmado entre Abogacía Española y el Ministerio de Política Territorial (https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/28/pdfs/BOE-A-2020-4698.pdf), suscrito para que los colegiados que lo deseen y se den de alta en el Registro puedan tramitar por Internet la documentación de extranjería de sus representados de forma telemática y, en consecuencia, evitar los desplazamientos y las esperas de los ciudadanos extranjeros en las oficinas de la administración.

Recordamos, por último, que el convenio afecta a los trámites de extranjería que se llevan a cabo en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, pero no a los NIEs o a aquellos otros que se sustancian en dependencias policiales.

Si aún no está dado de alta en el Registro y desea inscribirse, puede consultar el enlace: https://www.icaib.org/solicitud-de-alta-en-el-registro-de-representantes-para-la-tramitacion-telematica-de-solicitudes-y-documentos-en-materia-de-extranjeria/