Dado el interés que puede tener para los colegiados se adjunta al final de estas líneas el documento elaborado por la AEAT en el que se aclaran algunas de las dudas más frecuentes planteadas en relación a la aplicación en el ámbito tributario del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En dicho documento se especifica, entre otras cuestiones, que los plazos de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y los plazos de presentación de las declaraciones informativas no se ven afectados por la suspensión de plazos regulados en dicho RD, pese a la petición de moratoria y/o ampliación que, a tal efecto, han realizado los profesionales tributarios y asesores fiscales.

AEAT aclaraciones