La Agencia Española de Protección de Datos advierte en un comunicado sobre la práctica de la toma de temperatura de las personas para determinar su acceso o no a los centros de trabajo y otro tipo de establecimientos.

La Agencia no oculta su preocupación por cuanto, asegura, este tipo de actuación, que “se están realizando sin el criterio previo y necesario de las autoridades sanitarias”, supone “una injerencia particularmente intensa en los derechos de los afectados, no solo porque el valor de la temperatura corporal es un dato de salud en sí mismo y porque se asume que una persona padece o no una concreta enfermedad, como es en estos casos la infección por coronavirus, sino también porque “una eventual denegación de acceso a un centro educativo, laboral o comercial estaría desvelando a terceros que no tienen ninguna justificación para conocerlo que la persona afectada tiene una temperatura por encima de lo que se considere no relevante y, sobre todo, que puede haber sido contagiada por el virus”.

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