Informamos a los letrados de la reanudación de los dos servicios de orientación jurídica gratuita hasta el día 31 de diciembre de 2021: SOJ penitenciario y SOJ para personas mayores y/o con diversidad funcional en situación de dependencia.

El servicio, que coordina el ICAIB, se prestará, en el caso del SOJ en los centros penitenciarios de Mallorca, los lunes, martes y viernes, en horario de tarde de 17h a 19h, y los días 1 y 15 de cada mes (o siguiente día hábil si estos caen en festivo), en idéntico horario de guardia, en los centros de Menorca e Ibiza.

Por su parte, el SOJ de las personas dependientes, al que los usuarios podrán acceder mediante un sistema de cita previa en la web del ICAIB, y que se prestará en los despachos de los propios letrados o previa reserva de sala en la sede del ICAIB de cada isla, será atendido los martes y jueves en Mallorca, y los días 1 y 15 de cada mes, o el siguiente día hábil, en las otras dos islas.

Por lo que se refiere a las retribuciones de los letrados que se inscriban se ha previsto, en el servicio penitenciario, el pago de 42,5 euros brutos por asistencia, mientras que para el SOJ de personas mayores y/o dependientes esta cantidad será de 31 euros brutos por asesoramiento.

A fin de poder atender el pronto inicio de dichos servicios, los letrados ejercientes interesados en formar parte de los nuevos turnos, incluidos los que ya estaban inscritos en 2020, deberán dirigir su solicitud, antes del 15 de febrero de 2021, al correo electrónico anapilar.lopez@icaib.org , especificando el turno concreto y la isla de prestación del servicio y adjuntando al mismo correo una fotocopia de su DNI en vigor y el formulario que encontrarán al final de estas líneas, debidamente cumplimentado, para su posterior remisión al centro penitenciario.

Es importante tener en cuenta que la actividad se limita a un asesoramiento previo y/o una primera orientación, de modo que los profesionales asignados a estos servicios no podrán asumir los asuntos, ni llevar a cabo directa o indirectamente las actuaciones judiciales o extrajudiciales que podrían provenir o derivar de las consultas atendidas en el marco de este servicio. En consecuencia, en tales casos, informarán a los usuarios de la necesidad de contratar los servicios de otros profesionales de la abogacía o, en su caso, de los requisitos y el procedimiento para solicitar el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

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