El decano del ICAIB y el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Baleares han renovado el convenio de colaboración que permite que, durante el periodo o periodos que de común acuerdo se establezcan, los colegiados del ICAIB puedan colegiarse en el de administradores de fincas, sin abono de la cuota colegial de alta, siempre que el interesado esté en posesión de los requisitos que dicha corporación exige a sus colegiados y al corriente de sus respectivas obligaciones económicas.

Según se especifica en el convenio, la gratuidad comprenderá los importes asociados al alta propia del Colegio de Administradores de Fincas, pero no incluyen otros importes, como los correspondientes al Consejo General de Administradores de Fincas de España y aquellos otros destinados al pago de cuotas colegiales, fianzas, seguros y demás obligaciones establecidas para sus colegiados.

El convenio contempla, asimismo, la colaboración en materia formativa, de manera que los colegiados de una u otra institución podrán asistir a las actividades de formación de la otra en idénticas condiciones.

Convenio