En el caso de que los letrados no puedan asistir a una vista de juicio oral en procedimientos designados de oficio, han de solicitar al ICAIB la autorización para ser sustituidos por otro letrado, de su elección, siempre que éste forme parte del mismo turno y partido judicial y que se solicite con un mínimo de tres días de antelación, a la dirección electrónica turnodeoficio@icaib.org