Dado que la experiencia ha mostrado que no suele haber actuaciones posteriores al día de la guardia en el turno de menores para delitos sexuales, se informa que la Junta de Gobierno ha aprobado la propuesta de la Comisión del turno de oficio de excluir del requisito de descanso obligatorio (un día previo y un día posterior a la guardia), a los letrados que atienden dicho turno, así como a los inscritos en el servicio de orientación jurídica penitenciaria.