Para dar cumplimiento a lo previsto en el art.42 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita y, así, poder reclamar formalmente el abono de las actuaciones en él comprendidas, esto es “los honorarios dejados de percibir por aquellos profesionales del turno de oficio que hayan prestado servicio de defensa por designación judicial de detenidos, presos, investigados o acusados en un proceso penal, cuando en el correspondiente expediente de asistencia jurídica gratuita no se hubiera obtenido dicho beneficio por insuficiencia de documentación y no se hayan satisfecho los derechos y honorarios profesionales”, se informa que se ha abierto en la intranet colegial (https://www.icaib.com/col/articulo42) la opción para justificar las actuaciones realizadas a partir de enero de 2026, en la que deberán cargarse los documentos acreditativos de este tipo de asuntos, indicando los datos del nombramiento de oficio realizado por el ICAIB para su localización en SIGA, junto con la declaración jurada de no haber sido abonados honorarios por el justiciable.

Declaracion-jurada