Se informa que se ha recibido resolución del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que supone un cambio en las directrices de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita respecto de las designaciones para la interposición de recurso contencioso-administrativo en materia de extranjería, y que se basa en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y, concretamente, en su artículo 22.3: “En los procesos contencioso-administrativos contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegación de entrada, devolución o expulsión, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita requerirá la oportuna solicitud realizada en los términos previstos en las normas que regulan la asistencia jurídica gratuita. La constancia expresa de la voluntad de interponer el recurso o ejercitar la acción correspondiente deberá realizarse de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, o en caso de que el extranjero pudiera hallarse privado de libertad, en la forma y ante el funcionario público que reglamentariamente se determinen. A los efectos previstos en este apartado, cuando el extranjero tuviera derecho a la asistencia jurídica gratuita y se encontrase fuera de España, la solicitud de la misma y, en su caso, la manifestación de la voluntad de recurrir, podrán realizarse ante la misión diplomática u oficina consular correspondiente”).
De esta manera, a partir de ahora, para la interposición del recurso contencioso-administrativo y la tramitación del derecho de asistencia jurídica gratuita, será necesario que el justiciable acuda personalmente al Servicio de Orientación Jurídica (o en las formas arriba indicadas en caso de que el interesado se encuentre privado de libertad o esté fuera de España) con la resolución que pone fin a la vía administrativa a los efectos de solicitar la nueva designación de oficio. Si la resolución del expediente de justicia gratuita resulta favorable se procederá a la designación para la interposición del recurso contencioso-administrativo.