Se informa a los colegiados que se ha recibido comunicación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de fecha 25 de abril, en la que se indica que en la justificación de los asuntos del turno de oficio, además del número de expediente de justicia gratuita y los datos habituales, el letrado debe de especificar expresamente el número de procedimiento judicial y el número de identificación general (NIG), dado que, de no completarse estos datos, el Ministerio no procederá a tramitar el pago de aquellas certificaciones que no tengan asignado estos números.

Ese es precisamente el motivo por el que se habían devuelto, para su subsanación, algunas de las justificaciones correspondientes al mes de marzo. No obstante, el departamento del turno de oficio del ICAIB ya ha reelaborado manualmente las que excluían tales números, para incorporarlos, y ya ha remitido al Ministerio la certificación correspondiente, para su abono.