Colegiación

Tipos de colegiación.

Es requisito indispensable para el ejercicio de la Abogacía estar incorporado en el correspondiente colegio de abogados, excepto en los casos determinados por la ley, el Estatuto o el resto de la normativa aplicable”

Art. 9 Estatuto General de la Abogacía.

La colegiación otorga al colegiado un amplio abanico de derechos y le proporciona acceso directo a toda una serie de servicios colegiales creados para facilitar el ejercicio profesional del abogado y su participación activa en la vida y el funcionamiento de la corporación.

No Ejerciente

Abogado Inscrito

Reincorporación

Cuotas

Conozca el importe y periodicidad de las cuotas del ICAIB.

ICAIB

Los importes de las cuotas colegiales vigentes en el ICAIB para el ejercicio actual son los siguientes:

  • Cuota colegial ejerciente: 45€ mensuales
  • Cuota colegial ejerciente con menos de cinco años de ejercicio: 22.50€ mensuales
  • Cuota colegial ejerciente mayores de 70 años: exentos
  • Cuota colegial no ejerciente: 22.50€ mensuales
  • Cuota colegial no ejerciente mayores de 65 años: exentos

Exención cuotas colegiales, por un periodo de 1 año, a los colegiados y colegiadas ejercientes que sean padres, ya sea biológicamente, ya a través del sistema legal de adopción.

CGAE (*)

Cuota anual: 40,63€

(*) Para todas las personas colegiadas residentes en las Islas Baleares y a los no residentes, si no están en otro colegio. Están exentos los colegiados que tengan más de 72 años con más de 45 de colegiación y que estén exentos de pago de cuota colegial

Seguro de Responsabilidad Civil (*)

Cuota mensual de 22,30€

(*) Sólo para colegiados ejercientes, abogados inscritos.

(*) Las personas que se colegien por primera vez disponen de cobertura gratuita durante el periodo de tiempo que transcurre desde el momento de su colegiación hasta el vencimiento de la póliza.