Adjuntamos seguidamente el BOE de día 22 de junio de 2017 en el que se publica la modificación de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita que garantiza que los abogados y procuradores del Turno de Oficio no estén sujetos al pago del IVA.

Se trata de una reforma puntual de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que, según se señala en el Preámbulo, tiene por objeto “incrementar las garantías que nuestro ordenamiento jurídico ofrece en materia de justicia gratuita, tanto para los ciudadanos como para los profesionales, la presente reforma pretende afianzar el carácter de servicio público de esta actividad prestacional, reforzándola y garantizando que esté debidamente subvencionada por los poderes públicos y reconociendo el abono de las correspondientes indemnizaciones a favor de los profesionales obligados a su prestación”.

BOE Reforma LAJG