Recordamos que, en el marco del convenio firmado entre el Consejo General de la Abogacía Española y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, existe la posibilidad de acceso a la documentación privada que, con la firma electrónica de abogados y de los interesados, sea legal y reglamentariamente susceptible de ingreso en los Registros de la Propiedad y Mercantiles.

A tal fin, se remite el documento para poder darse de alta en el Registro Online del Colegio de Registradores, en el que se especifican los trámites a seguir en función de que el alta se interese por persona física, por sociedades susceptibles de inscripción en el Registro Mercantil, por sociedades civiles o por los propios Colegios de Abogados.