Adjuntamos seguidamente el acuerdo de la Junta de Gobierno por el que se concede el amparo solicitado por una letrada colegiada en el ICAIB, al entender la Junta, una vez analizadas la petición de amparo y la documentación aportada, que ésta última “evidencia en su conjunto que el proceder del Instructor no se compadece con el deber de respeto y consideración debidos a la dignidad profesional de la abogada…”, y que “además, es susceptible de inquietar en términos objetivos el derecho de la letrada a ejercer la defensa de su cliente con libertad e independencia”.

Informe de amparo