La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un comunicado, que se puede consultar en el enlace ( https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/aepd-apps-webs-autoevaluacion-coronavirus-privacidad) en relación al surgimiento de distintas iniciativas, públicas y privadas, sobre aplicaciones y webs de autoevaluación del coronavirus.

La AEPD recuerda los criterios que deben de aplicarse para que el tratamiento de los datos personales de salud sea lícito. En este sentido, y tras indicar que, igualmente que “la situación de emergencia no puede suponer la suspensión del derecho a la protección de datos personales, tampoco la normativa de protección de datos puede utilizarse para obstaculizar o limitar la efectividad de las medidas que adopten las autoridades competentes en la lucha contra la epidemia”, la Agencia recuerda que “los fundamentos que legitiman dichos tratamientos son la necesidad de atender las misiones realizadas en interés público, así como las de garantizar los intereses vitales de los propios afectados o de terceras personas”, así como que las finalidades para las que pueden tratarse los datos “son, únicamente, las relacionadas con el control de la epidemia”.

La AEPD avisa que si los ciudadanos utilizan apps o webs que no son de titularidad de las autoridades públicas, sino de entidades o personas privadas, “no existirá tal legitimidad”, por lo que en tales casos recomienda a los ciudadanos que “sean especialmente cuidadosos a la hora de informarse de quién, para qué y con qué garantías van a tratarse sus datos personales”.