El subdirector de prestaciones de la Dirección Provincial del SEPE en Baleares ha remitido al ICAIB un escrito, adjunto al final de este texto, en el que se proporciona información de interés en relación a varias cuestiones derivadas del Real Decreto 30/2020, de 29 de septiembre.

En dicho escrito, se destaca, entre otras cuestiones, la necesidad de que “las empresas afectadas por procedimientos de regulación de empleo que se encuentren en vigor a 30 de septiembre deben formular una nueva solicitud colectiva antes del 20 de octubre de 2020, y a la remisión previa de los ficheros de periodos de actividad relativos al mes de septiembre en las empresas obligadas a ello”.

Refieren asimismo la forma correcta de enviar los ficheros Excel y el hecho de que éstos ya no deberán entrar por correo electrónico, sino por la sede electrónica del SEPE.

Se proporciona también información de interés sobre la cumplimentación y el envío de los ficheros en los casos de reducción de jornada y/o de alternancia de periodos de actividad con otros de inactividad, así como en los de bajas por desafectación.

Por último, anuncian el cierre, desde el 1 de octubre, del buzón de correo electrónico dp07acuerdos.ere@sepe.es e informan de que, en principio, para consultas genéricas se pone a disposición el teléfono de la centralita (971.170.707), aunque no descartan establecer más adelante alguna otra vía.

Comunicación SEPE