En las asistencias de violencia de género, para facilitar la determinación del letrado al que corresponda la asignación de los procedimientos que estén relacionados con el procedimiento de violencia de género inicial, rogamos que se indique, o bien en la hoja de asistencia, o bien en comunicación separada si la víctima finalmente ha denunciado o, en caso de que se haya celebrado comparecencia a orden de protección, si ésta ha sido desestimada con archivo de actuaciones.