Se adjunta al final de estas líneas el informe elaborado por la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía española, como ampliación de los dos ya emitidos con anterioridad, “teniendo en cuenta que el día 5 de diciembre salió a consulta pública hasta el día 18 la Guía de Registro de Proveedores de servicios a Sociedades y Fideicomisos del Tipo Trust elaborada por la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, y habiéndose publicado en el BOE del día 28 de diciembre la Orden del Ministerio de Justicia 1256/2019 sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que de forma profesional o empresarial prestan los servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010, en la que se aprueban los modelos y condiciones para la inscripción.

Con dicho informe se pretende dar traslado del criterio de dicha subcomisión, que no es vinculante y que “no es coincidente en algunos casos con la mantenida por el organismo regulador”.

Se adjuntan asimismo la guía de registro de proveedores de servicios a sociedades y fideicomisos, sometida a consulta pública por la Secretaría de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y la OM 1256/2019.

Informe obligatoriedad
Guía de registro de proveedores
BOE Orden 1256