Como saben, el artículo 22 de la LAJG establece que los colegios profesionales de abogados y procuradores son los encargados, a través de sus Juntas de Gobierno, de organizar los servicios obligatorios de asistencia letrada, defensa y representación gratuitas, garantizando su prestación continuada y atendiendo a criterios de funcionalidad y eficiencia.

En este sentido, y a la vista de las llamadas recibidas en centralita para solicitar la asistencia letrada, así como de los horarios en que se producen, la Comisión del Turno de Oficio del ICAIB propuso a la Junta de Gobierno modificar el horario de las guardias de todos los turnos , que pasarán a ser de las 00:00 a las 23:59 horas, esto es, coincidiendo con el día natural, en la confianza de que, a priori, conllevará una mejora en los tiempos en que el letrado ha de estar de guardia.

Dicho cambio, que estará operativo el 1 de febrero de 2023, se basa en el análisis estadístico previo de las llamadas realizadas a la centralita, que ha permitido comprobar que más del 80 por cien de las solicitudes de asistencia, en todos los partidos judiciales, se realiza entre las 00.00 y las 16:00 horas, por lo que, de este modo, la mayoría de las actuaciones letradas se producirían dentro del mismo día de la guardia, tanto si éstas se realizan en los centros de detención, como si se llevan a cabo cuando el detenido pasa a disposición judicial.

El mismo análisis evidencia que a partir de las 16 horas, el reparto de las llamadas se distribuye, como media en todos los partidos judiciales de las islas, de la siguiente manera: el 15, por cien se producen entre las 16 y las 20 horas, mientras que las llamadas que se producen de las 20 a las 23:59 horas no llegan al 5 por cien.

La Comisión del Turno de Oficio cree que, por los motivos expuestos, el cambio puede ser beneficioso para los letrados de guardia. Transcurrido un plazo razonable desde su puesta en marcha, se revisarán las actuaciones y se contactará con letrados de todos los partidos judiciales, a fin de ratificar la mejora para los letrados, o en su caso, rectificar o modificar el nuevo horario.