Se adjunta al final de estas líneas el “Protocolo de Coordinación entre Policía Judicial, Policía Local y Juzgado de Guardia para la tramitación y atención de atestados con detenidos y juicios rápidos” que ha sido remitido por el Tribunal de Instancia de Mahón y cuya entrada en vigor está prevista para el día 1 de julio de 2026 y se informa que la Junta de Gobierno del ICAIB ha acordado, en fecha 29 de junio, presentar alegaciones al citado documento por considerar que limitar la puesta a disposición judicial de las personas detenidas a un intervalo horario de tres horas (de 9.00 a 12.00 h) de lunes a sábado y de una hora (de 9.00 a 10.00 h) los domingos y festivos en el juzgado de guardia, puede derivar en situaciones no deseadas de prolongación del tiempo de la detención y, por tanto, contravenir lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente respecto a la duración de los ‘arrestos’.
En este sentido, la Junta recuerda que los artículos 17.2. de la Constitución Española y 520.1. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen que “La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos (…)”.
Los miembros del máximo órgano de gobierno colegial entienden la necesidad de organizar adecuadamente el traslado de los detenidos y ofrecen su máxima colaboración para que así sea, si bien consideran que las limitaciones horarias del pase a disposición judicial previstas en el protocolo pueden no ser compatibles, al menos en algunos casos, con la garantía constitucional de libertad.
No obstante lo anterior, seguidamente se adjunta el protocolo para general conocimiento de los letrados, dado que mientras se preparan – y se resuelven- las alegaciones, está previsto que la aplicación del mismo se inicie en fecha 1 de julio de 2026.
Protocolo