El ICAIB inicia la elaboración de diversos listados de abogados, concretamente los relativos a administradores concursales, árbitros, contadores-partidores, mediadores en los ámbitos Civil y Mercantil, mediadores de Familia, Árbitros para la administración de arbitrajes institucionales y abogados de Derecho extranjero para su remisión a los juzgados y/o organismos correspondientes.

Las personas interesadas en solicitar su inscripción en alguno o algunos de dichos registros deberán hacerlo necesariamente de forma telemática a través de esta página web, pulsando en alguna de las opciones correspondientes que encontrarán al final de este texto.

Es importante tener en cuenta que para formalizar debidamente la solicitud de inscripción se han de completar todos los campos del formulario.

• En el caso de los administradores concursales, el formulario incluye una casilla en la que los interesados podrán adjuntar la documentación requerida en la normativa vigente.
• En el caso de los mediadores en Civil y Mercantil, en la casilla del formulario los interesados podrán adjuntar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
• Mientras, el formulario correspondiente a Mediación Familia dispone de una casilla para adjuntar la documentación que acredite la inscripción en el Registro de Mediadores de las Illes Balears.

En todos los casos, la documentación requerida deberá adjuntarse en archivo único y no superar el tamaño indicado en el formulario.

IMPORTANTE.– En todos los casos, los abogados que ya formen parte de listados anteriores deberán igualmente cumplimentar el formulario de inscripción y, en su caso, adjuntar la documentación necesaria.

Plazos de solicitud.- El plazo para solicitar la inscripción en las listas acaba el 30 de noviembre de 2022.

Verificación de la inclusión en la lista.- Una vez enviada la solicitud el colegiado recibirá en su correo electrónico un acuse de recibo de confirmación del envío. Entre el 1 y el 15 de diciembre, el ICAIB revisará todas las solicitudes recibidas a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos para formar parte de la lista. En caso de que no se cumpla alguno/s de ellos, el Colegio informará al interesado por correo electrónico a fin de que, si es posible, pueda subsanarlo con fecha límite del 22 de diciembre.

Inscripción Colegiados ICAIB
Inscripción Colegiados externos
Inscripción Sociedades