La Comisión Mixta ICAIB- Letrados de Administración de Justicia recuerda a los colegiados que, en procesos de ejecución de títulos no judiciales y ejecuciones hipotecarias, es necesario aportar los originales de las escrituras objeto de ejecución, incluyendo, asimismo, los títulos cambiarios. Los profesionales pueden proceder a presentar directamente dichos documentos sin necesidad de tener que practicar por los juzgados un requerimiento de subsanación, a fin de, de este modo, evitar dilaciones en la admisión a trámite de las demandas ejecutivas.