Ante el empeoramiento de la situación generada por la COVID-19 en las Pitiusas, el Govern balear ha aprobado en fecha 22 de enero de 2021 el cierre perimetral de Ibiza y el paso de Formentera, isla ya cerrada perimetralmente, al nivel 4 de alerta. Ambas medidas estarán vigentes desde el sábado 23 de enero e inicialmente hasta el 30 de enero.

Tal y como informa el Govern en su web, el nivel 4 implica, entre otras medidas, adelantar el toque de queda a las 22.00 horas; el cierre de los interiores de bares y restaurantes, donde se permite el servicio de comida a domicilio hasta las 00.00 horas y la recogida de comida hasta las 22.00 horas; mientras que las reuniones sociales y familiares, tanto en espacios interiores y exteriores, públicos y privados, se limitan a seis personas siempre que pertenezcan, como máximo, a dos núcleos de convivencia, y a excepción de las actividades de carácter laboral, docente, asistencial, de transporte…
Las terrazas de bares y restaurantes, se podrá ocupar hasta un 75 por ciento de la capacidad máxima y los viernes, sábados y vísperas de festivo tendrán que cerrar a las 18.00 horas y la actividad deportiva al aire libre se permite en grupos de máximo 6 personas.

Respecto a Ibiza, el decreto restringe la entrada y salida de personas, con las siguientes excepciones: a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales. c) Asistencia a centros docentes y educativos, incluyendo las guarderías de educación infantil. d) Regreso al lugar de residencia habitual o familiar. e) Asistencia y cuidado de personas mayores, personas menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. f) Desplazamientos a entidades financieras y de seguros. g) Para llevar a cabo actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. h) Para hacer renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. e) Para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. k) Cualquier otra actividad de naturaleza análoga.

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