Sin perjuicio de las nuevas medias que puedan ir adoptando, en función de la evolución de los acontecimientos, se resumen seguidamente las principales medidas acordadas por la Junta de Gobierno del ICAIB como consecuencia de la crisis sociosanitaria provocada por el COVID-19.

 

Aumento hasta 70.000 euros de la ayuda social a colegiados en situación de vulnerabilidad especial. Suspensión de la cuota colegial del mes de abril. Servicio de confirming para peticiones de pagos pendientes del turno de oficio.

En fecha 19 de marzo, la Junta de Gobierno del ICAIB acordó, por un lado, suspender el cobro de la cuota colegial correspondiente al mes de abril de 2020; y, por otro, incrementar hasta un total de 70.000 euros, el presupuesto inicialmente destinado a la línea de ayuda social, a la que podrán acogerse, con garantías de confidencialidad plena, los colegiados que acrediten encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad y necesidad económica, como consecuencia de los efectos del COVID-19 sobre su actividad. Todo ello sin perjuicio de las nuevas decisiones que, en este sentido, pueda adoptar la Junta en función de la evolución que sigan los acontecimientos y que, en todo caso, se tomarán desde la responsabilidad máxima que exige una gestión adecuada y responsable de nuestro Colegio.

 

También en fecha 19 de marzo, el ICAIB recibió del Ministerio de Justicia la transferencia correspondiente para el pago de dos meses del turno de oficio y está previsto que a finales de mes se cobre el que queda pendiente del mes de diciembre. Mientras, el Colegio mantiene activo el servicio de confirming negociado con una entidad bancaria, para los letrados del turno de oficio que quieran solicitar un adelanto de los asuntos que tengan pendientes de cobro. Los intereses de estas operaciones serán cubiertos por el Colegio.

 

Medidas de protección para los profesionales que cubren los servicios esenciales de la administración de justicia: comunicación telefónica o telemática letrado-defendido/ material de protección/ amparo colegial en caso de conflicto.

En fecha 13 de marzo de 2020 se solicitó al TSJIB, y así se ha concedido en todos los juzgados y centros donde técnicamente es posible, que se priorice, con plenas garantías de confidencialidad, la comunicación telefónica y/o telemática entre los letrados y las personas detenidas, siendo posible ya que buena parte de ellas se realicen de este modo, los primeros desde las sedes judiciales y los segundos desde el centro en el que se encuentren detenidos.

 

En los supuestos en los que ello aún no sea posible, el ICAIB exige que, tanto en los centros de detención como en las sedes judiciales, se proporcione a los letrados los mismos medios de protección y medidas de seguridad que los distribuidos y organizadas para el resto de los funcionarios, trabajadores y operadores jurídicos.

 

Además, en aquellos casos en los que pueda haber conflicto entre la protección de la salud de los profesionales y los requerimientos de órganos judiciales y centros de detención que soliciten su presencia física con riesgo para el letrado, el letrado o letrada contará con el amparo colegial.

 

Atención telefónica de 24 horas e información actualizada en la web.

Además de los canales de comunicación colegial habituales (web, teléfono o el correo electrónico), el ICAIB ha habilitado el número de teléfono 648.113.357, que está operativo las 24 horas del día a fin de que los colegiados puedan realizar consultas y/o comunicar cualquier incidencia que pueda producirse.

 

Suspensión temporal/aplazamiento de la actividad programada en el Colegio.

En fecha 13 de marzo, la Junta de Gobierno acordó suspender todas las actividades presenciales programadas en el ICAIB, así como la celebración de las reuniones periódicas de las distintas comisiones y secciones colegiales y cualquier otro encuentro presencial que estuviera previsto.

 

El acuerdo afecta tanto a las acciones de formación, como a las de carácter cultural (excursiones, visitas…), así como al Máster de acceso a la abogacía y cualquier otra actividad programada, incluida la suspensión de plazos de los diferentes concursos convocados por el Colegio.

 

Supresión del servicio de préstamo de togas / Reducción de desplazamientos y plena validez a la presentación telemática de documentación.

El 12 de marzo se acordó la supresión del servicio de préstamos de togas. Asimismo, y a fin y efectos de facilitar a los colegiados la posibilidad de reducir y/o minimizar los desplazamientos a las sedes y oficinas colegiales que no sean estrictamente necesarios, se decidió dar plena validez a la presentación, por correo electrónico, de aquella documentación que habitualmente los profesionales entregan en papel, excepto en los casos en que los organismos correspondientes exijan el original.

 

Sustitución temporal de la atención presencial en los servicios de orientación jurídica por la asistencia telemática

Debido a las recomendaciones de las autoridades sanitarias y a las medidas de contención frente al coronavirus, así como a las limitaciones de acceso público acordadas en diferentes entidades y organismos, se acordó suspender hasta nueva orden la atención presencial en el servicio de orientación jurídica (en el que los ciudadanos registran sus solicitudes de acceso al beneficio de la justicia gratuita) y su sustitución por la atención telemática.

 

De este modo, los ciudadanos pueden dirigir sus solicitudes a través de la página web, en donde se informa de los pasos a seguir para realizar su petición, así como de las direcciones de correo electrónico a las que deberá enviar tanto su solicitud, como la documentación con la que ésta deberá de acompañarse.