Dadas las distintas instrucciones recibidas en las últimas semanas desde Policía, les recordamos algunas cuestiones importantes relacionadas con la documentación a presentar para tramitar las solicitudes de NIE.

A. CIUDADANOS COMUNITARIOS

Modelo EX15 vigente. Desde hace unos días Policía solo admite el modelo de solicitud EX15 que se puede descargar de la web colegial: https://www.icaib.org/abogados/servicios-icaib/nies/

Apud acta o poder notarial: la jefatura superior de policía volverá a aceptar el poder de representación o apud acta para lo que, como saben, seguirá siendo necesaria la personación del cliente y del letrado/a en la sede del ICAIB.

Poder notarial general o especial: se admitirá el poder general otorgado de cliente a letrado siempre y cuando en dicho documento se haga constar específicamente que el poder se efectúa también a efectos de obtención del Número de Identificación de Extranjero.

En los casos en los que el letrado o letrada precise del poder general para otras gestiones relacionadas con su cliente, podrá presentar en el ICAIB, junto con el poder original, una fotocopia del mismo que será cotejada en Policía, tras lo que se devolverá el original al interesado.

Si no se quiere hacer entrega del poder, hay el compromiso de aceptar la copia simple notarial original siempre que ésta venga en papel timbrado del notario en cuestión (no serán válidas impresiones o fotocopias).

Página del pasaporte con datos de filiación o tarjeta de identidad del solicitante compulsados ante notario. En el caso de los ciudadanos comunitarios será suficiente presentar la página del pasaporte donde consten los datos de filiación del solicitante, o bien la tarjeta de residencia.

Traducción jurada del certificado notarial de compulsa. En Policía informan de la necesidad de que la certificación notarial que indica que la copia del pasaporte del extranjero es exacta al original debe de traducirse al castellano (traducción jurada).

Todos los documentos compulsados por notarios extranjeros de países no comunitarios han de estar apostillados.

B. CIUDADANOS NO COMUNITARIOS

Modelo EX15 vigente, apud acta o poder notarial y traducción jurada (igual que los solicitantes comunitarios).

Pasaporte completo compulsado ante notario.

Justificación de la solicitud de NIE: acta de manifestación o certificado del notario que explique la necesidad de obtención de NIE para la realización de la gestión correspondiente.

Sello de entrada y extranjeros que no se encuentran en España y solicitan NIE.
Los ciudadanos no comunitarios, una vez que lleguen a España deberán de acreditar su entrada en nuestro país o, en su caso, en otro estado perteneciente a la Unión Europea, mediante sello de entrada o declaración de entrada (esta última puede realizarse dentro de las 72 horas siguientes a la entrada en territorio español), requisitos igualmente exigibles para los ciudadanos de Reino Unido.

IMPORTANTE: a partir de ahora, desde Policía informan que en el caso de que las personas extranjeras no se encuentren o viajen a España en el momento de la solicitud de NIE, deberán tramitar su petición a través de la embajada o el consulado honorario de su país.

C. NUEVA TARIFA NIES

Dado que en 2021 Policía ha incrementado diez céntimos la tasa de certificado de la asignación de NIEs, la tramitación de este servicio en el ICAIB pasará de los 27,14 euros a los 27,24.

D. HORARIO NIES

Recordamos: en la sede del ICAIB Palma el horario del servicio de NIES es el siguiente:
• Con poder notarial: de lunes a jueves, de 10:30 a 13:30 horas.
• Con apud acta: de lunes a viernes de 10:30 a 13:30 horas.