Se adjunta al final de estas líneas el acuerdo remitido por el juez decano del partido judicial de Ibiza, el señor Juan Carlos Torres Ailhaud, en el que da cuenta de la decisión de que, como norma general, el control para el acceso de los profesionales de la abogacía a las sedes judiciales de Ibiza se limite “primordialmente a su reconocimiento (por notoriedad de su conocimiento)” y/o “subsidiariamente a la acreditación de su identidad profesional, sin perjuicio de otros controles adicionales que, en su caso, en función de circunstancias específicas o extraordinarias o coyunturales o justificadas, según el prudente criterio del equipo de seguridad de cada sede, hubieran de aplicarse”.

El juez decano atiende así las reiteradas peticiones formuladas en diferentes ocasiones por representantes de la Junta de Gobierno del ICAIB, quienes habían reclamado la supresión de la obligación impuesta a los abogados y abogadas de pasar por el arco de seguridad en los edificios judiciales de Ibiza. La petición colegial se justificaba, por un lado, en el hecho de que, salvo circunstancias puntuales de seguridad que hicieran aconsejable dicho control, los letrados de las islas, como colaboradores esenciales de la Administración de Justicia, debían de poder acceder a los edificios por el lugar por el que lo hacen otros funcionarios y trabajadores de la Justicia, “como muestra del mutuo respeto, colaboración y cortesía a los que nos debemos los operadores jurídicos”.

Además, en los escritos remitidos al juez decano, se consideraba que la medida redundaría en beneficio de todos, por cuanto, además de aumentarse las zonas de entrada a los juzgados, se facilitaría el inicio puntual de las vistas señaladas.

Acuerdo del juez decano