Se informa a los colegiados que desde el área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Illes Balears recuerdan que, en virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, “quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria” están obligados a realizar a través de medios electrónicos cualquier trámite de un procedimiento administrativo y o actuación profesional con las administraciones públicas, por lo que, indican, los recursos de alzada contra acuerdos de devolución u otras decisiones administrativas que a partir del jueves 10 de octubre de 2019 no se presenten o no se hayan presentado por vía telemática en los registros electrónicos a tal efecto, no serán admitidos.

Asimismo, informan que los recursos presentados por email en el correo electrónico: infoextra.illesbalears@correo.gob.es. no se tienen por presentados en ningún caso.