Recordamos a los colegiados distintas cuestiones de interés relacionadas con las guardias de ALD, VG, DUD, Menores y Extranjería:

DURACIÓN DE LA GUARDIA.- Los letrados de guardia han de estar localizables, disponibles o encontrarse físicamente en el partido judicial en el que se esté realizando la guardia durante las 24 horas del servicio (de 9:00 a 9:00 horas del día siguiente), excepto causa justificada documentalmente.

SUSTITUCIONES.- En caso de que no puedan asistir a una guardia, los letrados pueden solicitar una sustitución al ICAIB (guardias@icaib.org), para lo que el Colegio recurrirá al listado de letrados inscritos a tal fin, o bien solicitar una permuta del día de guardia con otro compañero del TO, en cuyo caso deberán dirigirse, también con tres días de antelación, a la dirección guardias@icaib.org, explicitando los días del intercambio y el nombre del sustituto.

Los cambios se pueden solicitar un máximo de cinco veces al año, excepto causa justificada documentalmente. En caso de imposibilidad reiterada de realización de la guardia, se ha de solicitar la baja del turno correspondiente.

Asimismo se recuerda la obligación de mantener un descanso de un día entre guardias.

Además, si los letrados no pueden asistir a la vista de un juicio en un procedimiento designado de oficio, pueden solicitar al ICAIB la autorización para ser sustituidos por otro letrado de su elección, siempre que éste forme parte del mismo turno y partido judicial y que se solicite con un mínimo de tres días de antelación, al correo turnodeoficio@icaib.org

CONSULTA DEL CALENDARIO DE GUARDIAS.- Pueden consultar el calendario de guardias, con el carnet colegial, tanto en la página web colegial y, concretamente, en el menú Turno de Oficio- Guardias, como en su ficha personal del programa SIGA (ficha colegial- pestaña Turno de Oficio- pestaña calendario de guardias), donde figuran los días de guardia asignados a cada letrado.