EL RDL 16/2020 establece que la celebración de actos procesales será preferentemente mediante la presencia telemática de los intervinientes, salvo, en el orden penal, en el que será el juez quien decida, ni en los procedimientos por delitos graves, en los que la presencia física del acusado resulta necesaria.

Para dichas actuaciones telemáticas, es importante tener en cuenta lo siguiente:

ACCESO A LA SALA VIRTUAL

Al profesional que haya de actuar se le facilitará una URL con unos códigos de acceso al sistema de videojusticia. Los pasos a dar son los siguientes:

  1. copiar la URL facilitada por el juzgado en la barra de direcciones (parte superior), no en la de búsqueda de Google y pulsar “Conectarse a la reunión”.
  2. Introducir el ID y el código de acceso o contraseña facilitada y pulsar “Unirse a la reunión”.
  3. Indicar el DNI, nombre y apellidos y pulsar “Conectarse a la reunión”.
  4. Pulsar “Permitir” para tener acceso a imagen y audio.
  5. Una vez en la sala virtual, pulsar “Comenzar reunión”.
  6. Espere brevemente a ser admitido.

NAVEGADOR: es imprescindible emplear el navegador Google Chrome, Edge, Firefox, u otro similar, pero NO se ha de emplear Internet Explorer. También es imprescindible que el navegador esté actualizado.
Se ha de disponer de un dispositivo con cámara, micrófono y altavoces habilitados, así como de una conexión estable a Internet (conexión wifi de calidad o, preferiblemente, conexión a red por cable).

REVISIÓN DE PERMISOS Y ACTUALIZACIONES
Es necesario revisar los permisos de acceso a la cámaray micrófono.

  • Si la conexión se efectúa desde un PC, se ha de tener conectada una webcam.
  • También es posible la conexión a través de un teléfono móvil. Si se accede desde un Iphone, puede descargarse la App Cisco Meeting.
  • Es aconsejable, siempre que sea posible, que el profesional se conecte con auriculares, (suficiente con el auricular manos libres del teléfono) ya que el sonido es más nítido.
  • Si el profesional no interviene, es preciso mantener desactivado el micrófono (mute).

PRUEBAS DOCUMENTALES.- Se considera conveniente que en los actos procesales por vía telemática en los que se prevea presentar prueba documental, ésta se facilite con antelación al juzgado, mediante un sistema que garantice su accesibilidad a los abogados de las partes para su visionado y eventual descarga. Conviene que tales documentos se presenten debidamente ordenados y foliados, con índices hipervinculados para facilitar su utilización durante la sesión telemática.

CONFIDENCIALIDAD: los programas y dispositivos deberán impedir que puedan realizarse grabaciones de
los actos diferentes de las que corresponda para su documentación oficial. Los profesionales que intervengan en los actos habrán de adoptar las medidas necesarias para que su participación se desarrolle en una dependencia que asegure un entorno reservado y con medios técnicos suficientes.

DEFENSA: cuando abogado y acusado no estén en la misma sala durante la celebración de un juicio penal, el acusado, mientras no preste declaración, deberá contar con la posibilidad de mantener contacto permanente y reservado con su abogado por vía telemática. Igualmente, en los casos en que, por motivos sanitarios, se aconseje que el detenido declare desde una dependencia policial, ha de procurarse adoptar medidas para pueda tener lugar la entrevista reservada con el abogado de forma efectiva.

Guía de actuaciones telemáticas
Esquema de acceso a salas virtuales