La Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias del ministerio de Economía y Empresa ha publicado en su web, conforme a lo que establece la normativa vigente, el listado de las sanciones y medidas administrativas impuestas en 2018 por el incumplimiento de las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En total, se computan 43 medidas / sanciones, de las que 12 han recaído en despachos de abogados, lo que demuestra la importancia de cumplir con las exigencias normativas de prevención, incluidas las obligaciones en materia de formación, objetivo al que responden las acciones formativas sobre prevención de blanqueo que organiza periódicamente el ICAIB.

En concreto, en el listado figuran cuatro requerimientos a despachos de abogados para que adopten, a la mayor brevedad posible, las medidas que garanticen el cumplimiento de la obligación de formar a los empleados, y ocho sanciones por infracciones graves, con multas de entre 60.001 y 80.000 euros, ya sea por incumplimiento de la exigencia de examen externo, ya por no comunicar al SEPBLAC la propuesta de nombramiento de representante, o por incumplir la obligación de establecer órganos adecuados de control interno.

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