Se recuerda que las Directrices del Turno de Oficio establecen que los letrados tienen la obligación de atender a sus clientes de oficio en el partido judicial del que procede la designación.
Se recuerda que las Directrices del Turno de Oficio establecen que los letrados tienen la obligación de atender a sus clientes de oficio en el partido judicial del que procede la designación.