Adjuntamos el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, de medidas complementarias en el ámbito laboral en el que, entre otras cuestiones, se complementa y detalla el procedimiento para solicitar la prestación por desempleo y tramitar el ERTE previsto en el RDL anterior.

La nueva norma prevé que “La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido”, y, al mismo tiempo, incluye una modificación del RDL 8/2020 para determinar que “las medidas extraordinarias en materia de cotizaciones y protección por desempleo previstas en los artículos 24 y 25 del mismo, serán de aplicación a los afectados por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada comunicados, autorizados o iniciados, con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real decreto-ley y siempre que deriven directamente del COVID-19”.

RDL9/2020