Se comunica que en los casos en que en un proceso el letrado considere insostenible la pretensión que pretende hacerse valer, éste deberá comunicarlo, dentro de los 15 días siguientes a su designación y exponiendo los motivos jurídicos en los que fundamenta su decisión, tal como establece el art. 32 de la Ley 1/96, en las siguientes direcciones electrónicas:

Ibiza (cajg.ibiza@correo.gob.es)
Menorca (ajuridicagratuita.menorca@correo.gob.es).
Mallorca: (turnodeoficio@icaib.org).

En cambio, cuando el abogado designado para un proceso carece de la documentación necesaria para poder analizar la viabilidad de la pretensión, podrá dirigirse a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente, a fin de que ésta requiera al interesado para que la presente en un plazo máximo de diez días la documentación necesaria, y, concretamente, a las siguientes direcciones:

Ibiza (cajg.ibiza@correo.gob.es)
Menorca (ajuridicagratuita.menorca@correo.gob.es).
Mallorca: (justiciagratuita.palmademallorca@mju.es)