La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Baleares ha informado al ICAIB que va a implantar, en aquellas causas que así lo aconsejen, un trámite de “Vista Previa” que se señalará por el Tribunal con carácter previo a la admisión de la prueba y al señalamiento del juicio oral, y a la que serán convocados las partes y los acusados y, en su caso, también las víctimas y/o perjudicados.

Según la información ofrecida, tal “Vista Previa” tendrá como principal objetivo tratar la eventualidad de una posible conformidad de los acusados, con posibilidad de invocar por las defensas todas aquellas circunstancias modificativas que pudieran concurrir, el tipo y la extensión de las penas e, incluso, cuestiones relativas a su ejecución. Se pretende con ello evitar los problemas derivados de la citación de testigos o peritos intervinientes así como otros pormenores relativos a la prueba. A tal fin, según informa la referida Sección de la Audiencia Provincial, se procurará por la Sala que el representante del Ministerio Fiscal que comparezca a tal vista sea el mismo que en su día hubiere calificado la causa.

La convocatoria de las partes a tal vista tendrá también por objeto comprobar la disponibilidad de los acusados para con el Tribunal, revisar las comparecencias periódicas previas al juicio, así como las vicisitudes que pudieran derivarse de eventuales cambios de letrado. También será objeto de tal vista la posibilidad de tratar la resolución de cuestiones previas, administración de la prueba y organización del juicio, con el fin de poder fijar el calendario y duración estimada de las futuras sesiones.

Todo ello con el propósito final de procurar un funcionamiento más ágil y eficaz de la Administración de Justicia en beneficio de todos los operadores jurídicos y de evitar, en la medida de lo posible, citaciones o desplazamientos innecesarios, demoras, suspensiones, etcétera.