S’adjunta al final d’aquestes línies informació sobre la sentència emesa pel Tribunal de Justícia de la Unió Europea en data 27 de gener de 2022, en què es declara que la legislació nacional que obliga els residents fiscals a Espanya a declarar els seus béns o drets situats a l’estranger –per mitjà del model 720– és contrària al Dret de la Unió.

Al comunicat de premsa que resumeix la sentència es diu que el TJUE considera que “España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales”, atès que, s’afegeix “(…) la obligación de presentación del «modelo 720» y las sanciones derivadas del incumplimiento o del cumplimiento imperfecto o extemporáneo de dicha obligación, que no tienen equivalente en lo que respecta a los bienes o derechos situados en España, establecen una diferencia de trato entre los residentes en España en función del lugar de localización de sus activos. Esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros, impedirles hacerlo o limitar sus posibilidades de hacerlo, y constituye, por tanto, una restricción a la libre circulación de capitales”.

Comunicat TJUE